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institución:MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
 
institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACION Y ENSEANZA EN NUTRICION Y SALUD (INCIENSA)
 

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PAGE 6 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11875 5 de octubre de 2007 DCA-3329 Señor José Mattey Fonseca Presidente Junta Directiva Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio Quepos Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el contrato de servicios profesionales celebrado entre la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio con la empresa MQ Ingenieros S.A. Damos respuesta a su Oficio sin número de fecha 28 de agosto del año en curso, mediante el cual se requiere el refrendo al addendum y el contrato de servicios profesionales, celebrado entre la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio con la empresa MQ Ingenieros S.A. Sobre el particular, resulta importante indicarle lo siguiente: En el Oficio N° 2426 de 9 de marzo del presente año manifestamos a esa Junta, entre otros aspectos, que a pesar de que los fondos para cancelar la contratación de mérito provenían del fideicomiso del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio, el proceso concursal y suscripción del documento -agregamos en esta oportunidad-, la realizaba la Junta Directiva de dicho Parque, sin que se justificara en modo alguno el fundamento legal que posibilita a ese órgano desconcentrado del MAG a adquirir obligaciones pecuniarias con cargo a los recursos en mención. Nuestra duda precisamente se centraba en que el contrato para el servicio de levantamiento del plano catastrado lo efectuó la Junta Directiva del Parque Nacional Playas de Manuel Antonio a pesar de que los recursos eran administrados por el fideicomiso del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio, sin que se justificara dentro de la documentación remitida el fundamento que posibilitaba a ese órgano del MINAE a adquirir obligaciones pecuniarias con cargo a los recursos de cita. Inclusive señalamos que ese aspecto era tan importante clarificarlo, que ello conllev ...
Fecha publicación: 11/10/2007
Fecha emisión: 05/10/2007
Documento: 11875-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


-2- DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10648 12 de setiembre, 2007 DCA-3088 Doctor Roberto Dobles Mora Ministro Ministerio del Ambiente y Energía Estimado señor: Asunto: Se autoriza al Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) la contratación directa de nueve consultores, con el fin de que coadyuven a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para atender 866 expedientes que se encuentran pendientes de resolver en esa Secretaría Técnica; lo anterior hasta por un monto de ¢18.000.000,00. Nos referimos a su oficio N° DSS-920-2007 de fecha 7 de agosto de 2007, recibido en esta Contraloría General 8 de agosto, complementado mediante oficio MRRT-392-2007 del 16 de agosto de 2007, la reunión llevada a cabo con personeros de esa Administración el 24 de agosto de 2007 y el oficio N° DM- 998-2007 del 28 de agosto de 2007, recibido en esta Contraloría General el pasado 29 de agosto; mediante los cuales solicita nuestra autorización para contratar nueve consultores hasta el 15 de diciembre de 2007, con el fin de que coadyuven a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para atender 866 expedientes que se encuentran pendientes de resolver en esa Secretaría Técnica, lo anterior hasta por un monto de ¢18.000.000,00. I.- Justificación de la solicitud: En su solicitud y la información complementaria que aporta, expone la funciones que cumple la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), creada mediante la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N° 7554 del 4 de octubre de 1995, cuyo propósito fundamental es, entre otros, armonizar el impacto ambiental con los procesos productivos. Refiere también la problemática en la que se encuentra inmersa esa Secretaría, dada la escasez de recurso humano y material; razón por la cual el creciente volumen de casos que requieren de evaluación por parte de SETENA rebasaron su capacidad. Agrega que situación fue señalada por la Contraloría General de la República desde el año ...
Fecha publicación: 20/09/2007
Fecha emisión: 12/09/2007
Documento: 10648-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05932 08 de junio, 2007 DCA-1918 Licenciado Christian González Chacón Coordinador a. i., Departamento Legal Ministerio del Ambiente y Energía Barrio González Lamhan, San José Estimado señor: Asunto: Se refrenda contrato suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Energía y la empresa San Fu S. A., para arrendamiento de oficinas. (Contratación Directa 2007CD-1299-87900) Nos referimos a su oficio DAJ-501 del 9 de mayo del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo el contrato suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Energía y la empresa San Fu S. A., para arrendamiento de oficinas. (Contratación Directa 2007CD-1299-87900) Una vez efectuado el estudio de rigor, se devuelve su trámite con el respectivo refrendo, quedando bajo absoluta responsabilidad, las razones de escogencia de ese inmueble conforme se indican en la resolución R-180-2007 MINAE, emitida por el jerarca de ese Ministerio. El refrendo otorgado, queda sujeto a las siguientes condiciones: · Que la Administración cuente con el disponible presupuestario suficiente. · Este refrendo no tiene carácter retroactivo, por lo que no ampara ningún pago al contratista anterior al otorgamiento. · Antes de cada prorroga al contrato, una vez vencido el período de tres años, la Administración debe hacer la valoración de la persistencia de los argumentos de conveniencia del inmueble para continuar con el arrendamiento, incorporando al expediente de marras la resolución administrativa que habilite la misma. Asimismo deberán actualizarse las especies fiscales correspondientes. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Lic. Alejandro Herrera López Gerente Asociado Fiscalizador Anexo: Un expediente AHL/fjm Ci: Archivo Central Ni: 9102 2007002291-1 ] ...
Fecha publicación: 15/06/2007
Fecha emisión: 08/06/2007
Documento: 05932-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04790 10 de mayo de 2007 DCA-1550 Licenciada Ileana Calvo Fonseca Departamento Legal Ministerio del Ambiente y Energía San José, Barrio González Lahmann Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo el contrato de vigilancia suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Energía y Seguridad Alfa S.A., por razón de la cuantía ( Licitación por Registro 2006LG-000052-88900). Nos referimos a su oficio DAJ-0383 del 30 de marzo de 2007 en el que solicita el refrendo del documento de referencia para la vigilancia de las oficinas de SETENA, parte de ese Ministerio. El precio adjudicado es de ¢11.251.358,40 anual y la estimación del contrato de ¢45.005.433,60 al considerar las eventuales prórrogas del contrato. Sobre el particular, debemos indicarle que mediante oficio 1375 de 13 de febrero de 2007, esta Contraloría devolvió sin aprobación este contrato, haciendo una serie de observaciones, las que entendemos, fueron atendidas por el Ministerio. No obstante, el 30 de marzo de este año, esta División mediante oficio 3382 modificó las reglas para la estimación de contratos de servicios de ejecución continuada, para efectos de su refrendo en esta Contraloría y al efecto sentó como regla que para ese tipo de contratos se cuantifica para efectos de refrendo únicamente el plazo cierto e inicial, de modo que las prórrogas al ser eventuales no se contabilizan. Así las cosas, en el caso del Ministerio, conforme a esa posición (aplicada también para efectos de cuantificar el monto que hacía admisible la apelación), se tiene que conforme a los límites establecidos en la resolución R-CO-33-2003 publicada en La Gaceta del 15 de marzo de 2007 el documento sometido a aprobación no requiere refrendo contralor, y en virtud de ello se devuelve sin trámite, para que se imparta la correspondiente aprobación interna. Finalmente, cabe señalar que se terminó que la cláusula de reajuste incorpo ...
Fecha publicación: 14/05/2007
Fecha emisión: 10/05/2007
Documento: 04790-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 3 Sr. Ileana Calvo Fonseca 15 de marzo, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 02642 15 de marzo, 2007 DCA-0941 Señora Ileana Calvo Fonseca Coordinadora, Departamento Legal Ministerio de Ambiente y Energía San José, Barrio González Lamhan Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin el refrendo solicitado a la Adenda al Contrato de Arrendamiento suscrito entre el Ministerio del Ambiente y Energía y la Compañía Fernández Rohrmoser, S. A., a efectos de modificar el cambio de fuente de financiamiento, así como el mecanismo de reajuste de precio. Se hace referencia a su oficio No. DAJ-0220 del 14 de febrero del 2007, mediante el cual solicita la autorización para modificar vía adenda las cláusulas sétima y primera del contrato suscrito entre ese Ministerio y la Compañía Rohrmoser S.A., correspondiente al arrendamiento del local que alberga las oficinas de la Dirección Superior de Cooperación y Relaciones Internacionales, así como las oficinas que el Ministerio estime necesarias, según lo señalado en la cláusula tercera del contrato original. Realizado el análisis de rigor, nos permitimos hacer las siguientes observaciones, a efectos de atender la supra indicada solicitud: Del caso en estudio se desprende que el contrato que regula la relación de arrendamiento entre el Ministerio del Ambiente y Energía y la Compañía Fernández Rohrmoser, S.A. recibió el refrendo contralor el día 17 de julio de 1996, motivo por el cual a partir de ese momento, tal y como lo dispone el mismo contrato entró en vigencia el plazo de arrendamiento. En cuanto a la cláusula primera del contrato de arrendamiento, relativa al mecanismo de reajuste de la renta pactada, debemos indicar que la Sala Constitucional ha reconocido como un derecho del contratista el mantenimiento del equilibrio económico-financiero del contrato administrativo. En ese sentido, esta Contra ...
Fecha publicación: 22/03/2007
Fecha emisión: 15/03/2007
Documento: 02642-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Licda. Ileana Calvo Fonseca 13 de febrero, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 01375 13 de febrero, 2007 DCA-0525 Licenciada Ileana Calvo Fonseca Departamento Legal Ministerio de Ambiente y Energía Barrio González Lamhan, San José Estimada señora: Asunto: Se imprueba el contrato suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Energía y Seguridad Alfa S. A. (Licitación por Registro 2006LG-00052-88900) Nos referimos a su oficio DAJ-1790 del 18 de diciembre de 2006 en la que solicita el refrendo del contrato de cita para la vigilancia de instalaciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental por un monto mensual del ¢937.613,20. Una vez hecha la revisión del caso, lamentamos devolver el contrato, con las siguientes observaciones sobre aspectos por considerar en caso de una nueva gestión de refrendo: 1. Cláusula décima tercera: En esta cláusula se regula del plazo por un año prorrogable hasta un máximo de tres, de manera que la suma total sería de cuatro años de vigencia “mientras ninguna de las partes comunique a la otra su intención de no continuar con el mismo, lo cual deberá comunicarse por escrito y por los menos con tres meses de anticipación” Esta oración transcrita otorga a cualquiera de las partes la posibilidad de no continuar con el contrato; pero esto se aparta del punto 11 del cartel de licitación, donde se reguló el plazo y no se dio al contratista la posibilidad de dar término al contrato como ahora pretende. 2. Cláusula segunda: en su último párrafo se remite a las partes a la contratación directa 29-CD-1014-2006-NPC, lo cual no tiene relación con este proceso. 3. Cláusula décima segunda: el monto allí indicado como estimación del contrato no corresponde al monto real. 4. Contenido presupuestario: la gestión no se hace acompañar de certificación de contenido presupuestario con vista en el ejercicio económico a ...
Fecha publicación: 19/02/2007
Fecha emisión: 13/02/2007
Documento: 01375-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


-6- DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase Al oficio No. 00831 31 de enero de 2007 DCA-332 Señor Jorge Rodríguez Viceministro Ministerio del Ambiente y Energía San José, Barrio González Lahmann Estimado señor: Asunto: Se autoriza al Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) prorrogar el convenio suscrito con la Fundación de Parques Nacionales (FPN) para el cobro de la tarifa de ingreso a determinadas áreas silvestres protegidas, hasta por un plazo de doce meses; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2bis, inciso c), de la Ley de Contratación Administrativa y 138 de su Reglamento. Nos referimos a su oficio N° DVM-45-07 de fecha 23 de enero de 2007, recibido en esta Contraloría General el pasado 24 de enero, mediante el cual solicita nuestra autorización para mantener el convenio con la Fundación de Parques Nacionales, en los mismo términos en que ha venido operando durante los últimos años, por todo el resto del período presupuestario del año 2007, en tanto se llevan a cabo por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y del Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC), las acciones pertinentes para ajustar el procedimiento a lo establecido en la Ley de Biodiversidad. I.- Justificación de la solicitud: Esa Administración dirigió a la Gerencia de Servicios Públicos Generales Ambientales de esta Contraloría General el oficio N° DVM-779-2006 del 15 de diciembre de 2006, en donde refiere algunos de los antecedentes de la solicitud que aquí se plantea. Asimismo, esta División de Contratación Administrativa, mediante oficio N° 17929 (DCA-4210) del 22 de diciembre de 2006, concedió una autorización excepcional para continuar con la ejecución del referido convenio, pero hasta el 31 de enero del año 2007. En cuanto al plazo de quince meses, se le indicó a esa Administración que debía replantear los términos de sus solicitud, pues no se aportaron suficientes elementos de juicio. Es así como remite ahor ...
Fecha publicación: 04/02/2007
Fecha emisión: 30/01/2007
Documento: 00831-2007.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 2 Lic. Ileana Calvo Fonseca 3 de diciembre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.16884 07 de noviembre, 2006 DCA-3920 Licenciada Ileana Calvo Fonseca Coordinadora del Departamento Legal MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE) San José, Barrio González Lamhan Estimada señora: Asunto: Se refrenda el Convenio de Cooperación Institucional suscrito por RECOPE y MINAE para el préstamo de inmuebles, capacitación y asesoría de funcionarios. Damos respuesta a su oficio DAJ-1537-2006 del 30 de octubre de este año relativo a la solicitud de refrendo del Convenio de Cooperación Institucional suscrito por RECOPE y MINAE para el préstamo de inmuebles, capacitación y asesoría de funcionarios. Al respecto, una vez estudiado el expediente le comunico que se concede el respectivo refrendo, sujeto a que se detalle el programa de capacitación que garantice un equilibrio de prestaciones y que además se vele por la independencia de ambas entidades. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Lic. Carlos Andrés Arguedas Vargas Gerente Asociado Gerente de División GBR/lmu ci Archivo Central Ni: 25021, 2006006155 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 10/12/2006
Fecha emisión: 07/11/2006
Documento: 16884-2006.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


PAGE 2 Lic. Joaquín Soto Mora 03 de noviembre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 15356 03 de noviembre, 2006 DCA-3460 Licenciado Joaquín Soto Mora Asesoría Jurídica Ministerio de Seguridad Pública Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo el addendum al “Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Ambiente y Energía y la Asociación Marviva-Costa Rica. Damos respuesta a su Oficio No. 7486-2006 AJ FLM de 11 de octubre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al addendum del “Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Ambiente y Energía y la Asociación Marviva- Costa Rica. Sobre el particular, una vez analizado los términos del documento convenencial, y de sus antecedentes, debemos señalar lo siguiente: Dentro de las reformas practicadas a la cláusula sexta del convenio primigenio se establece que “Si la unidad ejecutora lograra determinar el uso indebido de las embarcaciones de MarViva, se perderá el beneficio que establece el inciso cuarto de la cláusula sétima de este convenio, siempre y cuando las acciones realizadas no impliquen la comisión de una falta o delito más grave.” El beneficio a que se refiere ese párrafo versa sobre la aplicación del régimen de la importación temporal a las embarcaciones propiedad o dadas en uso a Marviva y a que dichas embarcaciones podrán o salir del país sin la necesidad de que medie un agente aduanero. Sin entrar a analizar la posibilidad de aplicar el régimen de importación temporal a dichos bienes, que será un aspecto que por su naturaleza tributaria le corresponde determinar al Ministerio de Hacienda, no encuentra esta División fundamento alguno para que, tal y como pareciera desprenderse de l ...
Fecha publicación: 06/11/2006
Fecha emisión: 03/11/2006
Documento: 15356-2006.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Ileana Calvo Fonseca 03 de noviembre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.15344 03 de noviembre, 2006 DCA-3454 Señora Ileana Calvo Fonseca Coordinadora, Departamento Legal Ministerio del Ambiente y Energía La Uruca, de la Pozuelo 300 mts. norte y 250 mts. noreste entrada en arboleda Estimada señora: Asunto: Se aprueba condicionado el Contrato de arrendamiento suscrito entre el Ministerio del Ambiente y Energía y Plaza Amón, Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 79,5 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Nos referimos a su oficio No. DAJ- 1246 del 13 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación del contrato de arrendamiento suscrito entre el Ministerio del Ambiente y Energía y Plaza Amón, Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79,5 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de contenido presupuestario, según certificación del 16 de agosto del presente año, extendida por la señora Ana Lucía Ovares Jaén, en su condición de jefe del Departamento Financiero. De igual forma, el presente refrendo se otorga condicionado a las siguientes observaciones: Pese a que la cláusula segunda del contrato indica textualmente que: “El edificio no cuenta con ascensor”; de las notas suscritas por el señor Ricardo Padilla, representante legal de la sociedad Plaza Amón y del señor Omar Valverde Delgado, Gerente de Mantenimiento Técnico de Ascensores Múltiples S.A., se logra determinar que efectivamente el inmueble en la actualidad cuenta con el ascensor ofrecido por el arrendante, por lo que en aplicación del artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa, téngase como ap ...
Fecha publicación: 03/11/2006
Fecha emisión: 31/10/2006
Documento: 15344-2006.doc
Institución: MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS